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Unidad de Inclusión
¿Quién puede solicitar la credencial de discapacidad?
La solicitud puede hacerla una persona natural cuya discapacidad ha sido certificada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), personas jurídicas que, de conformidad con sus objetivos, actúen en el ámbito de la discapacidad y personas naturales que presten servicios de apoyo o de asistencia a personas con discapacidad.
¿Cómo se obtiene la credencial?
Clasificación: La persona en situación de discapacidad, persona que lo represente o persona a cargo, cuidador o prestadores de servicios de apoyo, pueden iniciar el trámite de dos formas:
En ambos casos se elaborarán tres informes obligatorios: Informe Biomédico Funcional, Informe Social y de Redes de Apoyo, e Informe de Desempeño (IVADEC). Todos deberán ser presentados a la Compin correspondiente.
¿Que Antecedentes personales necesito para la postulación?
Debe solicitar a su equipo de atención de salud que complete la información solicitada en:
Estos informes tienen una vigencia de seis meses.
Para comenzar a crear este expediente, debe descargar los documentos señalados anteriormente.
Además, se debe adjuntar exámenes médicos, en caso que corresponda.
No existe un plazo legal de tiempo para recopilar todos los antecedentes y armar el expediente.
Consideraciones importantes:
Ejemplos de antecedentes a adjuntar:
Origen de Discapacidad | EXAMEN A ADJUNTAR |
Visual | Informe Oftalmológico – Agudeza Visual |
Auditivo | Audiometría – Examen VIII par – Exámenes Audiológicos – Informe de Otorrino |
Físico | Estudios de imagen de la zona afectada – Certificado Médico – Epicrisis – Índice de Barthel |
Mental Intelectual | Psicometría en caso de Discapacidad Intelectual – Informe de Salud Mental realizado por especialista |
Mental Psíquico | Informe de Salud Mental realizado por especialista – Minimental |
Certificación: Una vez entregado el expediente de calificación en la Compin, la institución revisará los antecedentes para realizar la certificación de discapacidad, estableciendo el porcentaje de discapacidad global, la causa principal de discapacidad, la vigencia de la certificación y la existencia o no de movilidad reducida.
La certificación será remitida automáticamente por la Compin al Servicio de Registro Civil e Identificación, para la inscripción de la persona en el Registro Nacional de la Discapacidad.
Inscripción Registro Nacional de Discapacidad: Con la Certificación de Discapacidad, el Servicio de Registro Civil e Identificación realiza la inscripción de la persona en situación de discapacidad y emite la Credencial de Discapacidad, que acreditará que la persona está inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad.
Envío credencial: La credencial de Discapacidad se enviará al domicilio o dirección postal que haya informado al momento del inicio del trámite en la Compin.
No se recibirá documentación de usuarios sin correo electrónico, ya que la credencial y notificaciones llegarán a ese correo, si no cuenta con uno se puede utilizar correo electrónico de su equipo de salud o asistente social que lleve su expediente.
¿Existen plazos de tiempo para la calificación y certificación de la credencial?
La calificación se realiza dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde la solicitud y la certificación de la discapacidad dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de calificación. Si la certificación de discapacidad es rechazada tiene 5 días hábiles para apelación por rechazo, para esto debe adjuntar la siguiente documentación: Solicitud de certificación, certificado de apelación, fotocopia de carnet y documentación requerida.
En primer lugar llega una credencial provisoria la cual tiene una duración de 90 días, durante este tiempo se puede solicitar online un Certificado de Discapacidad gratuito con su clave única. Transcurrido estos 90 días llegará a su domicilio la credencial definitiva.
Si extravía credencial puede solicitar un duplicado de esta en el registro civil.
¿Para qué sirve la credencial?
Las personas en situación de discapacidad con la Credencial de Discapacidad podrán acceder a los siguientes beneficios:
IMPORTANTE
*Las instituciones que exigen la Credencial de Discapacidad también podrán solicitar otra documentación necesaria para acceder o postular a las prestaciones sociales.
PENSIÓN SOLIDARIA BÁSICA DE INVALIDEZ (PBSI)
Permite acceder a un monto de $137.751 (137 mil 751 pesos) a personas entre 18 años y menores de 65 años que son declaradas con invalidez y que no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional.
¿QUIÉN PUEDE OPTAR A ESTE BENEFICIO?
Personas que:
¿QUÉ NECESITO PARA HACER EL TRÁMITE?
¿SE PUEDE PERDER LA PBSI SI UNA PERSONA ES BENEFICIARIA DE LA LEY 21.015 (INCLUSIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD)?
En el caso de las personas que reciban una Pensión Básica Solidaria y Aporte Previsional Voluntario y sean empleadas por algún organismo del Estado o por una empresa, se tendrá el siguiente tratamiento:
PENSIÓN DE INVALIDEZ DEL SISTEMA DE PENSIONES (AFP)
Permite a beneficiarios del sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) que sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo, a consecuencia de una enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, solicitar la pensión de invalidez.
¿LAS PERSONAS PENSIONADAS POR AFP, INVALIDEZ TOTAL O PARCIAL, QUE VUELVAN A TRABAJAR TIENEN QUE COTIZAR NUEVAMENTE PARA SU PENSIÓN?
El afiliado acogido a Pensión de Invalidez parcial transitoria que continúa trabajando, está obligado a efectuar las mismas cotizaciones de un trabajador activo. El pensionado por invalidez total que continúa trabajando, está exento de cotizar en AFP, manteniendo sólo su obligación de efectuar la cotización de salud.