Unidades Municipales
Dirección de Obras Municipales
Esta unidad tiene las siguientes funciones:
Velar por el cumplimiento de la Ley General de Urbanismo y Construcción, del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:
1.- Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y predios – rurales.
2.- Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción.
3.- Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior.
4.- Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción.
5.- Recibirse de las obras ya citadas y autorizar su uso.
6.- Fiscalizar obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan.
7.- Aplicar normas ambientales relacionadas con las obras de construcción y urbanización.
8.- Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna.
9.- Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros, y en general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna.