Código del Trámite
CEM04
El solicitante presenta Escritura de Compra Venta de sepultura, acompañando solicitud escrita de cambio de nombre a la Administración, Todos los antecedentes se van a la Dirección de Asesoría Jurídica con Informe, para el V°B°.
La Administración del Cementerio con el V°B° del cambio de nombre del derecho de sepultura, solicita tasación de esta al Departamento de Obras Municipales.
Previo pago del Derecho de Enajenación (de acuerdo a tasación), se procede al cambio de nombre de la sepultura.
Persona que adquiere sepultura a un tercero.
Derecho de Transferencias, por enajenación de sepulturas, será del 10% sobre la tasación otorgada por la Administración del Cementerio, previo informe de la Dirección de Obras Municipales.
El solicitante deberá presentar solicitud con Escritura Pública de compraventa en el Cementerio General y cancelar el derecho de enajenación al final del trámite, cuando la administración cuente con la tasación de la sepultura.