Código del Trámite
PAT13
En los días de Fiestas Patrias, las vísperas de Navidad y Año Nuevo, cuando se realicen actividades de promoción turística, y en otras oportunidades, especialmente cuando se persigan fines de beneficencia, las municipalidades podrán otorgar una autorización especial transitoria, por tres días como máximo, para que, en los lugares de uso público u otros que determinen, se establezcan fondas o locales donde podrán expenderse y consumirse bebidas alcohólicas. La Municipalidad correspondiente podrá cobrar a los beneficiarios de estos permisos el derecho que estime conveniente.
Nota: Pagado el permiso deberá concurrir al Servicio de Impuestos Internos.
Personas naturales y/o jurídicas que sean desean realizar un beneficio con venta de Bebidas Alcohólicas y en cuyo local no existan Patentes de Alcoholes.
Nota: Pagado el permiso deberá concurrir al Servicio de Impuestos Internos.
Arturo Prat 982.
1 UTM.